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Tratamiento en ART del Bono $5.000.- del Decreto 665/19

  • Manuel Zapata
  • 21 oct 2019
  • 2 Min. de lectura


 

La SRT respondió sobre el tratamiento de la Asignación No Remunerativa del Dto. 665/19 frente a la contribución de ART. Esto surge como respuesta a una consulta realizada por un colega nuestro.


La SRT determina:


A) Cuando en forma total o parcial el monto de la Asignación No Remunerativa (ANR) no hubiera sido objeto de compensación por incrementos unilaterales o extraordinarios otorgados a partir del 12 de agosto de 2019, dicha suma no integra la base de cálculo en virtud de que es un concepto no habitual, pues no se declara mensualmente sino excepcionalmente y por lo tanto, excluido conforme lo dispuesto el art. 10 in fine de la Ley N° 26.773 y por el artículo 43 de la Resolución SRT N° 298, dado que no integra el salario, aun cuando se liquide conjuntamente con él.


B) En los casos que en virtud de lo dispuesto en el Art. 3° del Decreto N° 665/19, los montos de la ANR hayan sido compensados en forma total o parcial, dichas sumas – en la medida de la compensación – integran la base de cálculo pues se incorporan a la remuneración ordinaria mensual, sin aumentarla.


En caso de necesitar alguna aclaración al respecto podrá contactarse por nuestra página web www.srt.gob.ar. Además, podrá hacerlo a través de la Mesa de Ayuda del Servicio Telefónico enviando mail a ayuda@srt.gob.ar. Si Usted es Patrocinante Letrado puede consultar con su clave fiscal de AFIP a través de la plataforma e-servicios SRT, Opción Patrocinio Letrado. En caso de quejas, podrá ingresarlas a través de la plataforma de trámites a distancia (TAD), ingresando en www.argentina.gob.ar/tramitesadistancia. Podrá contactarse, además, a través de Facebook como Superintendencia de Riesgos del Trabajo, por Twitter @SRTArgentina, por el asistente virtual Chatbot desde nuestra página web o por correo postal a la calle Sarmiento N° 1.962, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (C1044AAD), de lunes a viernes en el horario de 09:00 a 16:00 horas. Asimismo, le informamos que nuestro Servicio de Atención Telefónica 0800-666-6778 atiende de lunes a viernes de 8.00 a 17.00 horas.


Sin otro particular saluda atte.


 

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