Libro IVA Digital: Modificación Fechas de Implementación del Régimen
- Manuel Zapata
- 30 ene 2020
- 1 Min. de lectura

AFIP anunció que en el corto plazo se emitirá una RG que modificara la entrada en vigencia del «Libro IVA Digital».
Los RI obligados a presentar el “Régimen de Información de Compras y Ventas”, que ya estaban obligados antes de la RG 4597/19, y que aun no estén obligados a implementar el “Libro IVA Digital”, deberán empezar a hacerlo segun las siguientes fechas:

Se deben tener en cuenta las Ventas (Gravadas, Exentas y No Gravadas) declaradas en el IVA durante el año calendario 2018.
En caso de los RI que no estaban obligados a presentar el “Régimen de Información de Compras y Ventas” antes de la RG 4597:

Los Sujetos Exentos en IVA: a partir del Octubre de 2020.

Aquellos contribuyentes que adquirieron la condición de RI durante el 2019, y no registren operaciones declaradas durante 2018, quedaran comprendidos en el primer tramo de sujetos obligados, es decir, deberán incorporarse al “Libro IVA Digital” a partir de del período Junio 2020 y opcionalmente desde Marzo 2020.
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