Resolución 178/20 - Licencia excepcional para personas que hayan ingresado al país desde el exterior
- Manuel Zapata
- 10 mar 2020
- 1 Min. de lectura

Entrando en contexto: Producto de que el coronavirus (COVID-19) se propaga aceleradamente a nivel mundial de persona a persona, resulta de vital importancia la pronta aislación de ellas a efectos que no representen un riesgo de infección para otras.
Que en tal sentido es necesario atender desde el ámbito laboral las contingencias que esta urgente necesidad de aislamiento de personas en riesgo eventual de padecer la enfermedad, genera.
Resolución en Cuestión:Teniendo todo esto en cuenta, el Ministerio de Salud de la Nación, considera prudente otorgar, con carácter excepcional, licencia especial a los trabajadores en relación de dependencia, a fin de que se permita cumplir con las prevenciones sanitarias o en su caso con los protocolos y tratamientos médicos pertinentes, sin que tal situación afecte cualesquiera de los elementos esenciales de su vínculo laboral, necesarios para cubrir los requerimientos básicos del grupo familiar.
La mencionada licencia se aplicará a todas aquellas personas trabajadoras del sector público o privado, en relación de dependencia, que, habiendo ingresado al país desde el exterior, en forma voluntaria permanezcan en sus hogares, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.
Esta Licencia no afectará la normal percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales que por ley o Convenio les correspondiere percibir. Sin embargo, no se computará a los fines de considerar toda otra prevista normativamente o por Convenio y que pudieran corresponder al uso y goce del trabajador.
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