Resolución 21/2020 – Notificación a ART sobre Trabajo Domiciliario del Personal
- Manuel Zapata
- 17 mar 2020
- 1 Min. de lectura

Entrando en contexto: La Ley 24.557 sobre Riesgos del Trabajo establece que los empleadores, los trabajadores y las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) están obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo. A tal fin, deberán asumir el cumplimiento de las normas sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo.
Por otro lado, el Decreto 260 de fecha 12 de Marzo de 2020 amplía la Emergencia Pública en Materia Sanitaria por el plazo de 1 año a partir de su entrada en vigencia, estableciendo excepcionales circunstancias a fin de mitigar la propagación del Coronavirus.
Resolución en Cuestión: Por todo esto, resulta necesario establecer normas básicas para la tutela de la salud laboral de los trabajadores, imponiendo a los empleadores que optasen por esta modalidad la obligación de denunciar a la A.R.T. correspondiente la nómina de los trabajadores que, por cuestiones de prevención, realicen su prestación laboral desde su domicilio particular y el domicilio en el que desarrollarán sus actividades laborales.
Se deberá Notificar:
· Nómina de trabajadores afectados (Apellido, Nombre y C.U.I.L.).
· Domicilio donde se desempeñará la tarea y frecuencia de esta (cantidad de días y horas por semana).
El domicilio denunciado será considerado como ámbito laboral a todos los efectos de la sobre Riesgos del Trabajo.
Comments