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RG 4613/19 - Cancelación de Obligaciones SUSS mediante Títulos Públicos Nacionales

  • Manuel Zapata
  • 21 oct 2019
  • 1 Min. de lectura


 

Mediante el Decreto 609/19 se dispuso la posibilidad de que los tenedores de Títulos Públicos Nacionales puedan aplicar los mismos a la cancelación de las obligaciones de la seguridad social, vencidas y exigibles al 31 de julio de 2019.


Posteriormente, salieron dos Normativas más que se explayaron al respecto:


Por un lado, las Resoluciones N°18 del 26/09/2019 y N°20 del 04/10/2019, detallaron los Títulos alcanzados por el Decreto, precios técnicos aplicables, forma de cálculo de la cantidad de valor nominal y demás cuestiones necesarias para la implementación del régimen.


Por el otro, la RG 4593 (Analizada en este blog) estableció el procedimiento para la aplicación de los Títulos a la cancelación de las obligaciones previsionales.


Es esta última RG 4593, la que se modifica por la presente RG 4613, a fin de adecuar los prefijos identificatorios de los tipos de especies correspondientes a los Títulos utilizables, disponiendo la publicación de los mismos en el sitio “web” institucional.


De este modo, la lista de prefijos que se detallan en el punto 1 del inciso c) del Artículo 3° de la RG 4593, queda si efecto y se establece que la lista actualizada se podrá consultar en el micrositio “Empleadores” (http://www.afip.gob.ar/empleadores) del sitio “web” institucional.”.


 

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