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RG 4628/19 – Imp. con Ventajas Impositivas - Transferencia o Cesión del Derecho a Disponer Anterior.

  • Manuel Zapata
  • 13 nov 2019
  • 2 Min. de lectura


 

Entrando en Contexto: La RG 2440 estableció el procedimiento para la autorización del trámite de Libramiento a Plaza de las Destinaciones Definitivas de Importación para Consumo, que tengan ventajas impositivas. Entre los documentos a presentar para poder proceder con el despacho, se debe presentar la Factura emitida por el Proveedor del Exterior.


Por otro lado, la RG 2793 dispuso que, en los casos de Compraventa efectuada en el Territorio Aduanero, y cuando la Transferencia o Cesión del Derecho a Disponer Jurídicamente de la Mercadería ocurra con anterioridad a su Importación o Reembarco, la Factura deberá emitirse según el Régimen previsto en la RG 1415.


A la hora de adaptar estas dos RG, a fin de conceder la Ventajas Impositivas a los que realicen operaciones de Transferencia o Cesión que describe la RG 2793, se hace necesario modificar la RG 2440.


Resolución en Cuestión:


Se modifica la RG 2440, en el Anexo I: Este Anexo establece el “Procedimiento Para La Obtención Del Certificado De Ventajas Impositivas Vía Internet”.


En el Apartado C), se indicaba que elementos deberá presentar ante AFIP, el beneficiario de las Ventajas Impositivas, según cuál sea el tipo de Beneficio al que acceda.


El Inc., a) se refiere a “Liberaciones o diferimientos otorgados por promociones regionales”,

El Inc., b) a “Exención en el impuesto a las ganancias y/o exención objetiva en el impuesto al valor agregado”

El Inc. c) a “Medios de cancelación específicos: Plan Canje, Organismos Estatales, Certificados, entre otros”


Entre los elementos a presentar, en el Punto 3 de los 3 Incisos, se indica: “Copia de la factura otorgada por el proveedor del exterior.”


Como esta modificatoria busca conceder este Beneficio a las operaciones de Transferencia o Cesión de la RG 2793, se modifican los Puntos 3 por el siguiente:


“3. Copia de la factura otorgada por el proveedor del exterior o, en caso de tratarse de una transferencia o cesión del derecho de disponer jurídicamente de la mercadería con motivo de una compraventa efectuada en el territorio aduanero con anterioridad a su importación, copia del comprobante electrónico emitido conforme la RG 4291 o la RG 3561.


 

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