RG 4675/2020 – Modificación Plazos para Ingreso de Imp. a los Créd. y Déb. Bancarios e Imp. PAIS
- Manuel Zapata
- 13 feb 2020
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Entrando en Contexto: La RG 2111 y la RG 4659 establecieron las formas, plazos, requisitos y demás condiciones para la determinación e ingreso del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios y del Impuesto PAIS, respectivamente.
Resolución en Cuestión: Por razones de administración tributaria, AFIP considera pertinente modificar excepcionalmente las fechas de vencimiento fijadas en las mencionadas normas, para el ingreso de las Percepciones de tales Impuestos practicadas en el periodo semanal del mes de Febrero de 2020 que comprende los días 16 a 22.
Por este motivo, se establece, con carácter de excepción, que el ingreso de las Percepciones que se practiquen en la semana comprendida entre los días 16 y 22 de Febrero de 2020, deberá efectuarse en la siguiente fecha:

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