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RGs 4596 y 4601 - "SUMA" y SISA"

  • Manuel Zapata
  • 4 oct 2019
  • 3 Min. de lectura


 

Resolución General 4596/19 - Programa “SUMA”. Premios y Sorteos Consumidores Finales


La RG 4596 implementa el programa “SUMA”, consistente en un sistema de premios y sorteos, que busca que los Ciudadanos contribuyan al cumplimiento de los deberes formales de los Responsables de los Impuestos.


Para poder acceder al programa habrá que:

· Ser mayor de 18 años,

· Ser Consumidor Final,

· Tener CUIT, CUIL o CDI.


Se deberá informar datos relativos a los Comprobantes que respalden las Operaciones de compra de bienes muebles, o de obras, locaciones y prestaciones de servicios recibidas, según veremos más adelante.


Es importante tener en cuenta que la participación implica aceptar la utilización gratuita por parte de AFIP de la imagen, nombre y apellido del ciudadano con fines publicitarios.


PREMIOS


1. El premio consistirá en una suma de dinero equivalente al 15% del importe total de la factura o documento equivalente recibido por el Consumidor Final;

2. Los comprobantes deberán cargarse en la aplicación móvil “SUMA”, y deben ser emitidos por sujetos cuya actividad declarada este incluida en el Anexo II de la RG.

3. Topes Máximos:

a. Por comprobante: $ 200.-

b. Por usuario: $ 1.000.-

c. Podrán participar hasta un total de 50.000 usuarios, entendiéndose por tales aquellos sujetos que hayan descargado la aplicación y se hubieran registrado en la misma.

4. Los premios se acreditaran en la cuenta bancaria cuya CBU se encuentre declarada ante AFIP y/o canjear los mismos asignando el crédito en la tarjeta “SUBE”.

5. La acreditación se efectuará dentro de las 72 hs.

6. Los ganadores dispondrán hasta el día 30 de noviembre de 2019 para hacer efectivo el premio, caso contrario perderán todo derecho al mismo.


SORTEO


1. Todos los comprobantes ingresados en la aplicación móvil “SUMA” participarán del sorteo.

2. Se realizará un único sorteo cuyo premio será una suma de dinero equivalente a $ 10.000.-.

3. Será público y se llevará a cabo en la sede central AFIP entre los días 21/10/2019 y 30/11/2019

4. El ganador recibirá una comunicación a través de la aplicación móvil “SUMA” y del correo electrónico informado.

5. El pago del Impuesto a los Premios de Juegos de Sorteo se encontrará a cargo de la AFIP.

6. El ganador dispondrá hasta el día 31/12/2019 para hacer efectivo el premio


PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPAR

1. Descargar e instalar la aplicación móvil “SUMA”

2. Registrarse mediante CUIT,CUIL o CDI y Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2

3. Suscribir los términos y condiciones correspondientes al Programa “SUMA”.

4. Ingresar los datos:

a. Del participante:

b. De los comprobantes

5. AFIP registrará la información ingresada, y en caso de ser aceptados los datos suministrados, asignará un registro por cada comprobante. El rechazo de la información ingresada por el participante se efectuará a través de la aplicación móvil “SUMA”, en la que se indicará el o los documentos que originan la inconsistencia, con su respectivo motivo.


 

Resolución General 4601/19 - Sistema de Información Simplificado Agrícola “SISA” - RG 4310 Modificatoria.


Mediante la RG 4310, se dispusieron requisitos y condiciones para integrar el Sistema de Información Simplificado Agrícola “SISA”. Entre los mismos, se implementó un Módulo de Información Productiva obligatorio para los productores de granos y semillas en proceso de certificación y legumbres secas. También se instrumentó un Régimen de Retención de IVA, aplicable a las operaciones de compraventa de los dichos productos.


Esta RG viene a modificar:


Modulo Información Productiva:


Modificación del plazo para suministrar la información de las existencias y de la capacidad de producción “IP2”, ampliado el plazo desde el día 1 de diciembre hasta el último día del mes de febrero del año siguiente, ambos inclusive.

Modificación del plazo para modificar la información del párrafo anterior, ampliando también desde el día 1 de diciembre de cada año hasta el día 31 de octubre del año siguiente, ambos inclusive.


Régimen de Retención:


Hace una enumeración de los sujetos mencionados en el inciso a) del Artículo 41, incluidos en el segundo párrafo del Artículo 48, aclarando: Acopiadores, Cooperativas, Consignatarios, Acopiadores-Consignatarios, Mercados de Cereales a Término y demás Intermediarios, excepto Corredores.


 

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