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"Sistema Tributario Unificado" - RG CONJUNTA 4563 - AFIP Y DPR de JUJUY

  • Manuel Zapata
  • 30 ago 2019
  • 2 Min. de lectura


 

Sistema Tributario Unificado. Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). RS del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Pcia. de Jujuy. RS de Contribuciones Municipales y/o Comunales de esa jurisdicción.


Mediante esta RG conjunta, entre AFIP y Dirección de Rentas de Jujuy, se incorpora al “Sistema Único Tributario”, el Régimen Simplificado del ISIB de la Provincia de Jujuy y el RS de la Contribución Municipal y/o Comunal, para todos aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributistas).


ADHESIÓN:

Al momento de adherir al Monotributo, los contribuyentes con domicilio fiscal en la Provincia de Jujuy van a tener que declarar su condición frente al ISIB y a la Contribución Municipal y/o Comunal, de este modo quedara encuadrado en el “Régimen Simplificado Provincial”, y en el régimen simplificado de la referida contribución, en caso de corresponder.

La credencial para el pago de Monotributo (F.1.520), incluirá en el Código Único de Revista (CUR), que será generado para cada caso, en base a la situación que revista el pequeño contribuyente respecto a:

1. El impuesto integrado.

2. Los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Sistema Nacional del Seguro de Salud, de corresponder.

3. El impuesto sobre los ingresos brutos del “Régimen Simplificado Provincial”.

4. La contribución en caso que el municipio o comuna haya celebrado con la Provincia de Jujuy un convenio de colaboración para la recaudación de dicho tributo.


CONTRIBUYENTES YA INCLUIDOS EN EL MONOTRIBUTO:

Los contribuyentes que a la entrada en vigencia de RG, ya se encuentren comprendidos en el “Régimen Simplificado Provincial” y, de corresponder, en el régimen simplificado de la contribución municipal y/o comuna, serán incorporados al “Sistema Único Tributario”. El mismo se actualizará automáticamente en función de la información que la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS DE JUJUY informe a la AFIP.

Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) van a pagar junto con la obligación mensual y hasta la fecha de su vencimiento, los siguientes montos:

1. El importe fijo mensual correspondiente al “Régimen Simplificado Provincial”;

2. En caso de corresponder, el importe fijo mensual establecido en el régimen simplificado de la contribución municipal o comunal

La DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS DE JUJUY informará a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS los referidos importes fijos mensuales.


CATEGORIZACIÓN Y RECATEGORIZACIÓN:

Los pequeños contribuyentes del “Régimen Simplificado Provincial” y, en su caso, de la contribución municipal y/o comunal serán encuadrados en la misma categoría que revistan en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).


Les mando un gran saludo y nos estamos viendo...

Manuel Zapata C.P.


 

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